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¿Qué impuestos pagan las empresas de autotransporte de mercancías? Régimen Fiscal, Impuestos y Obligaciones que debes cumplir

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¿Qué impuestos pagan las empresas de autotransporte de mercancías?

¿Qué impuestos pagan las empresas de autotransporte de mercancías? Régimen Fiscal, Impuestos y Obligaciones que debes cumplir


¡Bienvenido al blog de Grupo Altea!

México se destaca como una de las principales naciones en el comercio de mercancías. Esta posición refleja la importancia y el dinamismo del sector del autotransporte de mercancías en la economía nacional.

Gestionar una empresa de autotransporte de mercancías en México es una tarea compleja que va más allá de la simple movilización de productos. Implica la obtención de permisos específicos, la contratación de seguros adecuados, el cumplimiento de diversas regulaciones y la implementación de estrategias logísticas eficientes. A todo esto se suma una responsabilidad crucial: el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Al igual que en cualquier otro sector, las empresas de autotransporte de mercancías están sujetas al pago de impuestos. El desconocimiento o la falta de cumplimiento en esta área puede acarrear sanciones significativas y afectar la operatividad del negocio. Por ello, en este blog abordaremos en detalle la pregunta: "¿Qué impuestos pagan las empresas de autotransporte de mercancías?" Nuestro objetivo es proporcionar información clara y precisa para que tu empresa esté al tanto de sus obligaciones fiscales y pueda enfocarse en lo más importante: crecer y consolidarse en el mercado.



Régimen fiscal para empresas de autotransporte de mercancías.


¿Qué es un régimen fiscal?


Un régimen fiscal es el conjunto de reglas y obligaciones tributarias que determinan cómo una persona física o moral debe pagar impuestos según su actividad económica. Es la forma en que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) clasifica a los contribuyentes para establecer sus responsabilidades fiscales.


Un régimen fiscal define el marco legal bajo el cual una empresa o persona debe tributar, especificando los impuestos que debe pagar, las deducciones permitidas y los requisitos de facturación y contabilidad. Elegir el régimen adecuado es crucial, ya que impacta directamente en la carga fiscal, la rentabilidad del negocio y el cumplimiento de las obligaciones ante el SAT. Un régimen mal seleccionado puede generar pagos innecesarios o carga administrativa adicional.



¿Qué régimen fiscal elegir en una empresa de autotransporte de mercancías?


1. Régimen General de Personas Morales


El Régimen General de Personas Morales es el esquema tributario aplicable a empresas formalmente constituidas como sociedades mercantiles, asociaciones civiles y otras entidades jurídicas que buscan operar con plena capacidad legal. Está regulado en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y por el Código Fiscal de la Federación (CFF).


Las empresas bajo este régimen deben llevar una contabilidad completa, presentar declaraciones mensuales y anuales, y cumplir con obligaciones fiscales como el pago del ISR (Impuesto sobre la Renta), IVA (Impuesto al Valor Agregado) y retenciones de impuestos. Este régimen permite aplicar deducciones fiscales por gastos operativos y administrativos, siempre que sean indispensables para la actividad de la empresa.


Ejemplo: Una empresa de autotransporte de carga que opera a nivel nacional con una flotilla de camiones y que brinda servicios a múltiples clientes debería inscribirse en este régimen. Por ejemplo, "Transportes Nacionales S.A. de C.V.", con 50 camiones en circulación, contratos con diversas empresas y una estructura administrativa formal.


2. Régimen de Actividad Empresarial (Persona Física)


Este régimen está dirigido a personas físicas que realizan actividades económicas de forma independiente sin constituir una sociedad. Se encuentra regulado en el Título IV, Capítulo II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).


Los contribuyentes bajo este régimen deben pagar ISR e IVA. Tienen la obligación de emitir facturas electrónicas, presentar declaraciones mensuales y anuales, y pueden deducir gastos relacionados con la operación de su negocio.


Ejemplo: Un transportista independiente que posee dos camiones y ofrece servicios de carga a distintas empresas sin tener una estructura empresarial formal se inscribiría en este régimen. Por ejemplo, "Juan Pérez Transporte de Carga", quien opera de manera autónoma y contrata ayudantes según la demanda.


3. Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)


El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es una opción tributaria dirigida a personas físicas con ingresos menores a 3.5 millones de pesos anuales. Está regulado en el Título IV, Capítulo II, Sección IV de la LISR.


Este régimen ofrece una tasa impositiva reducida basada en ingresos efectivamente percibidos, lo que simplifica el cumplimiento fiscal. Las personas físicas que tributan en RESICO pagan un ISR entre el 1% al 2.5% de sus ingresos.


Ejemplo: Una pequeña empresa de transporte con tres camiones que presta servicios a clientes locales podría beneficiarse de este régimen. Por ejemplo, "Transporte Exprés del Bajío", que factura menos de 3.5 millones de pesos anuales y busca una carga fiscal reducida con menor burocracia.



¿Qué impuestos y obligaciones fiscales tiene una empresa de autotransporte?


Como vimos en la sección anterior, las obligaciones fiscales varían según el régimen fiscal en el que tributen estas empresas. Sin embargo, existen ciertos impuestos y obligaciones generales que aplican en la mayoría de los casos y que todas las empresas de autotransporte deben cumplir para evitar problemas con el SAT. A continuación, explicamos las más importantes:


1. Contar con RFC y e.firma


Toda empresa o persona física que realice actividades económicas en México debe estar registrada ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Además, debe obtener la e.firma, una firma electrónica avanzada que permite realizar trámites fiscales de manera segura en línea.


Fundamento legal: Artículos 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y 17-D del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.


Periodicidad: Única vez, al momento de darse de alta ante el SAT.


¿Cómo cumplir?

  • Se tramita a través del portal del SAT y acudiendo a una oficina con cita previa.

  • Se debe presentar la documentación requerida (acta constitutiva en caso de personas morales, comprobante de domicilio, identificación oficial, etc.).


2. Emitir y expedir facturas electrónicas (CFDI)


Las empresas de autotransporte deben expedir facturas electrónicas (CFDI) por cada servicio que presten, permitiendo así la transparencia en sus operaciones y el correcto cumplimiento fiscal.


Fundamento legal: Artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF).


Periodicidad: Cada vez que se realice una venta o prestación de servicio.


¿Cómo cumplir?

  • Se deben emitir CFDI con los complementos de carta porte, cuando se transporten mercancías en territorio nacional.

  • Se puede hacer desde el portal del SAT o con un proveedor autorizado de certificación (PAC).


3. Declaraciones mensuales de impuestos


Las empresas deben presentar declaraciones mensuales de ISR, IVA y, en algunos casos, retenciones.


a) Impuesto Sobre la Renta (ISR)

El ISR es un impuesto que se paga sobre la utilidad obtenida (ingresos menos deducciones autorizadas).


Fundamento legal: Artículos 1, 9 y 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).


Periodicidad: Mensual y anual (ver sección de declaración anual).


¿Cómo cumplir?

  • Se paga con base en la utilidad fiscal obtenida cada mes.

  • Se presenta en el portal del SAT, utilizando la herramienta de declaraciones.


b) Impuesto al Valor Agregado (IVA)


El IVA es un impuesto que se cobra en la venta de bienes y prestación de servicios. Las empresas de autotransporte deben cobrarlo a sus clientes y después enterarlo al SAT.


Fundamento legal: Artículos 1 y 5 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA).


Periodicidad: Mensual.


¿Cómo cumplir?

  • Se declara en el portal del SAT, restando el IVA que la empresa pagó a proveedores (IVA acreditable) del IVA que cobró a clientes (IVA trasladado).


c) Retenciones de ISR e IVA (Solo para Personas Morales)

Las empresas que sean personas morales deben retener impuestos cuando contraten servicios de personas físicas, como transportistas independientes.


Fundamento legal: Artículo 106 de la LISR y artículo 1-A de la LIVA.


Periodicidad: Mensual.


¿Cómo cumplir?

  • Se enteran al SAT en la declaración mensual.


4. Declaración anual


Además de las declaraciones mensuales, todas las empresas deben presentar una declaración anual, donde se reportan los ingresos y gastos del año.


Fundamento legal: Artículos 76 y 110 de la LISR.


Periodicidad: Cada año en marzo (personas morales) y abril (personas físicas).


¿Cómo cumplir?

  • Se presenta en el portal del SAT.

  • Se calculan ingresos, deducciones, pérdidas fiscales y se pagan impuestos pendientes.


5. Cuotas Obrero-Patronales (IMSS, SAR, INFONAVIT)


Si la empresa tiene empleados, debe pagar cuotas al IMSS, SAR e INFONAVIT.


a) IMSS (Seguro Social)

Pago para la seguridad social de los empleados, cubriendo enfermedades, accidentes y pensiones.


Fundamento legal: Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (LIMSS).


Periodicidad: Mensual.


b) SAR (Sistema de Ahorro para el Retiro)


Aportaciones para el retiro de los trabajadores.


Fundamento legal: Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.


Periodicidad: Bimestral.


c) INFONAVIT (Vivienda)


Aportaciones para el financiamiento de vivienda de los trabajadores.


Fundamento legal: Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Periodicidad: Bimestral.


¿Cómo cumplir?

  • Se registran los trabajadores ante el IMSS.

  • Se pagan las cuotas a través del SUA (Sistema Único de Autodeterminación) del IMSS.


6. Contabilidad Electrónica


Las empresas deben llevar su contabilidad de forma electrónica y enviarla al SAT en caso de requerimiento.


Fundamento legal: Artículos 28 del CFF y reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal.


Periodicidad: Mensual.


¿Cómo cumplir?

  • Se registran movimientos contables en software contable y se suben al portal del SAT.


7. Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)


Las empresas deben reportar todas las operaciones donde hayan pagado IVA.


Fundamento legal: Artículos 32 y 33 del Código Fiscal de la Federación (CFF).


Periodicidad: Mensual.


¿Cómo cumplir?

  • Se presenta en el portal del SAT con la información de proveedores a los que se pagó IVA.


8. Retención de IVA en Ventas (4%)


Por los servicios de autotransporte se les debe retener el 4% de IVA cuando prestan servicios. Por lo que debes considerar estas retenciones al cobrar tus servicios y en el calculo mensual del IVA, donde podrás deducirte estas retenciones.


Fundamento legal: Artículo 1-A de la Ley del IVA.


Periodicidad: Cada vez que se realice una venta o prestación de servicio.


¿Cómo cumplir?

  • Se aplica la retención al emitir la factura y se entera al SAT en la declaración mensual.




Como hemos visto a lo largo de este blog, los impuestos en las empresas de autotransporte de mercancías son un tema extenso y complejo. Es fundamental tener conocimiento sobre ellos, pero su correcta gestión puede implicar una carga administrativa considerable. En un sector donde la logística ya representa un gran desafío, lo más recomendable es delegar la parte fiscal a expertos que garanticen el cumplimiento de todas las obligaciones y optimicen la carga tributaria. En Grupo Altea contamos con especialistas en contabilidad y fiscalidad para empresas de autotransporte. Te invitamos a cotizar nuestros servicios o agendar una asesoría con un profesional dando clic en el botón.


 

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